miércoles, 10 de abril de 2013

El Bono Marzo


¿Quiénes tienen derecho a este beneficio?

Podrán todas las familias beneficiarios del Subsidio Único Familiar, Asignación Familiar y Asignación Social e Ingreso Ético familiar.

Los beneficiarios de Subsidio Unico Familiar son los trabajadores que no son dependientes ni están afiliados a un sistema previsional. Eso sí, en este caso el ingreso no puede superar los $202.516.

El trabajador tiene derecho a Asignación Familiar por sus cargas dependientes, menores de 18 años y un ingreso de menos de $495.047 de salario. En esta categoría están los empleados públicos y privados. También se incluye a las personas con subsidio de cesantía, incapacidad laboral, accidente de trabajo o enfermedad. Pensionados y los que tienen derecho a pensión de viudez, la madre e hijos menores de 18 años, quien tiene pensión por Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. Las instituciones del Estado y particulares que tienen a su cargo pequeños en medida de protección dispuesta por resolución judicial.

Aquellos que cuentan con Asignación Social, corresponden a quienes accedieron al beneficio en el 2011 y continúan siendo miembros activos de Chile Solidario. También abarca a los que pertenecen a alguno de los programas eje de Chile Solidario a partir de enero de 2012, y que tienen un puntaje igual o menor a 4.213 puntos en su Ficha de protección Social al momento de ingresar a este programa.

Además, se hizo extensivo a 300 mil familias de clase media que tienen Ficha de Protección Social y un sueldo inferior a las 60 UF, lo que equivale a $ 1.370.000 mensuales.

El Gobierno enfatizó que “Bono Marzo” será cancelado a quienes estaban desde diciembre en los registros de la Ficha Protección Social. Según las autoridades de Gobierno, este grupo de familias debieran estar en registros sociales porque en el pasado tenían una remuneración mucho más baja que la actual. Si quieres averiguar si eres beneficiario del Ingreso Ético familiar, debes consultar este link.

 Para más detalles sobre ayudas consulta aquí.

2.-¿Cuándo se entrega?

El proyecto de Ley ingresará al Congreso con discusión inmediata, pero aún no se despacha por lo que no hay un plazo fijado. No obstante, el ministro de Desarrollo Social, Joaquín Lavín indicó que la meta del Ejecutivo apunta a que el beneficio se pueda entregar a principios del mes de abril.

3.- ¿Dónde y cómo se cobra?

El beneficio se entregará con la misma fórmula aplicada al “Bono de Alimentos”, es decir , a través de Caja de Compensación Los Héroes y el Instituto de Previsión Social (IPS). El beneficiario también puede decidir si quiere recibir un cheque o una transferencia electrónica.

Igualmente cabe apuntar que el mecanismo para el pago será escalonado, por lo que -una vez promulgada la ley- se establecerá una fecha para cancelar en función de las letras de los apellidos

0 comentarios:

Publicar un comentario

Redes Sociales

TwitterFacebookGoogle PlusLinkedInRSS FeedEmail